Distribuidora y comercializadora: qué hace cada una y a quién reclamar
Se va la luz, llamas a tu compañía y te dicen “eso es de la distribuidora, no nuestro”. O reclamas una avería y te marean de un teléfono a otro durante una semana. Detrás de esa confusión hay dos empresas distintas con papeles distintos: la distribuidora y la comercializadora. Entender quién hace qué es lo que convierte una reclamación perdida en una resuelta. Vamos a aclararlo.
Las dos empresas detrás de tu luz
Aunque pagues una sola factura, en tu suministro intervienen dos tipos de empresa:
- La distribuidora: es la dueña de las redes y los contadores que llevan físicamente la electricidad a tu casa.
- La comercializadora: es la empresa que te vende la luz, te factura y con la que firmas el contrato.
La forma fácil de recordarlo. La distribuidora pone los cables; la comercializadora te cobra. Una se encarga de que la electricidad llegue físicamente; la otra, de vendértela y facturártela.
La gran diferencia: una la eliges, la otra no
Este es el punto clave que resuelve la mayoría de las dudas:
- La distribuidora NO la eliges: viene determinada por la zona donde vives. Es la misma para todos los vecinos de esa área, te pongas como te pongas.
- La comercializadora SÍ la eliges y puedes cambiarla libremente, gratis y sin corte de suministro.
Por eso “cambiar de compañía” es cambiar de comercializadora. Cuando te cambias de compañía de luz, cambias de comercializadora, nunca de distribuidora (esa sigue siendo la de tu zona), y tampoco cambia el contador ni el CUPS. Lo vemos en cómo cambiar de compañía de luz.
El reparto de tareas, de un vistazo
| Asunto | Distribuidora | Comercializadora |
|---|---|---|
| Red, postes, cables de la calle | Sí | No |
| Contador y su alquiler | Sí (es suyo) | Lo cobra en tu factura |
| Corte o apagón de zona | Sí | No |
| Lectura del consumo | Sí (la mide) | La factura |
| Tu contrato, tarifa y precio del kWh | No | Sí |
| Cambio de potencia | Lo ejecuta | Lo solicitas aquí |
| Alta o cambio de titular | Ejecuta la parte técnica | Lo tramita |
| Errores en la factura | No | Sí |
| Peajes y cargos | Los ingresa | Los repercute |
La regla que se deduce de la tabla: casi todo lo tramitas a través de tu comercializadora, aunque lo ejecute la distribuidora. La excepción son las averías y los cortes, donde vas directo a la distribuidora.
A quién llamar según el problema
Llama a la DISTRIBUIDORA si:
- Se va la luz (un corte o apagón en la zona). Antes, descarta que sea cosa tuya: qué hacer cuando se va la luz.
- Hay una avería en la red o en el contador (pantalla apagada, precinto roto, ruido raro).
- Necesitas un enganche físico o una acometida nueva.
- Ha habido un subidón de tensión con origen en la red que te ha estropeado aparatos.
Llama a la COMERCIALIZADORA si:
- Es un tema de tu contrato, tarifa o potencia contratada.
- Tienes un problema con tu factura, como una factura con consumo estimado, y quieres reclamarla.
- Quieres cambiar de tarifa, de titular o darte de baja.
El error que te hace perder media hora. Llamar a la comercializadora por un apagón o a la distribuidora por un cobro de más acaba siempre en “eso no es con nosotros”. Y hay un tercer caso que no es de ninguna de las dos: si el fallo está dentro de tu vivienda (del contador hacia dentro), eso es tuyo y lo resuelve un instalador autorizado, no la compañía.
Cómo se reclama a cada una, en orden
Si la llamada no resuelve, el escalado es este. Sirve igual para una y para otra, cambiando el destinatario:
- Reclamación al servicio de atención al cliente de la empresa que corresponda, por un canal que deje constancia (correo, formulario o teléfono exigiendo número de incidencia). Explica el hecho, la fecha y qué pides exactamente.
- Hoja de reclamaciones. Toda empresa que preste el servicio debe facilitártela; puedes pedirla también por escrito. Es el paso que la mayoría de la gente se salta y el que da fuerza a lo siguiente.
- Organismo de consumo de tu comunidad autónoma (oficinas municipales de información al consumidor, juntas o direcciones generales de consumo). Aquí es donde se tramita la mayoría de los conflictos de facturación.
- Organismo competente en energía de tu comunidad autónoma o el regulador del sector: es la vía habitual para problemas de calidad de suministro, cortes reiterados o daños por la red.
Guarda fechas, números de incidencia, nombres y copia de todo. Sin eso, la reclamación es tu palabra contra la suya; con eso, es un expediente. El procedimiento detallado, en cómo reclamar una factura de luz.
Cómo saber quién es tu distribuidora
- Aparece en tu factura, junto a los datos del suministro (a veces en letra pequeña, separada de la marca que te cobra).
- Depende de tu zona geográfica, no de tu contrato.
- También puedes identificarla por tu CUPS (qué es el CUPS), el código que identifica tu punto de suministro para siempre.
- Con ella se consulta también tu curva de consumo por horas: mira contador inteligente y telegestión.
Ten a mano su vía de contacto de averías. Es a la distribuidora a quien hay que avisar ante un corte de luz o un problema en el contador. Apúntalo con el CUPS en el móvil: buscarlo a oscuras durante un apagón no es el mejor plan.
La conclusión honesta. La distribuidora (que no eliges) pone y mantiene las redes y el contador; la comercializadora (que sí eliges) te vende y factura la luz. Para un corte o avería, distribuidora; para contrato o factura, comercializadora; para lo que pasa dentro de casa, instalador autorizado. Y si ninguna te resuelve, hoja de reclamaciones y consumo. El resto del recibo, en entender la factura de la luz.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué diferencia hay entre distribuidora y comercializadora?
- La distribuidora es la empresa dueña de las redes y los contadores que llevan físicamente la electricidad a tu casa; es la misma para toda una zona y no la eliges. La comercializadora es la empresa que te vende la luz, te factura y con la que firmas el contrato; esta sí la eliges y puedes cambiarla. En resumen: la distribuidora pone los cables, la comercializadora te cobra.
- ¿Puedo elegir la distribuidora de la luz?
- No. La distribuidora viene determinada por la zona donde vives: es la dueña de la red de esa área y es la misma para todos los vecinos. Lo que sí puedes elegir y cambiar libremente es la comercializadora, que es quien te vende la energía y te factura. Por eso al cambiar de compañía cambias de comercializadora, nunca de distribuidora.
- ¿A quién llamo si se va la luz, a la distribuidora o a la comercializadora?
- Si es un corte de suministro o una avería en la red (un apagón en la zona, un problema en el contador), corresponde a la distribuidora, que es quien mantiene las redes. Si es un tema de tu contrato, tu factura o tu tarifa, es cosa de la comercializadora. Saber a cuál llamar según el problema te ahorra que te deriven de una a otra.
- ¿Quién es mi distribuidora?
- Aparece en tu factura, normalmente junto a los datos del suministro, y depende de tu zona geográfica. También puedes identificarla por el CUPS. Conviene tener localizado su teléfono de averías, porque es a quien hay que avisar ante un corte de luz o un problema en el contador, no a la comercializadora.
- Si me cambio de compañía, ¿cambia también mi contador?
- No. El contador es propiedad de la distribuidora y sigue siendo el mismo aunque cambies de comercializadora diez veces. Tampoco cambia el CUPS ni hay corte de suministro: el cambio es puramente administrativo y lo tramita la comercializadora nueva.
- Un subidón de tensión me ha estropeado aparatos, ¿a quién reclamo?
- Si el origen está en la red, la reclamación va a la distribuidora, que es la responsable de la calidad del suministro; se presenta por escrito, con fecha y hora del incidente, informe técnico del aparato dañado y presupuesto o factura de reparación. Si el origen está dentro de tu vivienda, es cosa tuya y de tu seguro de hogar. Y en cualquier caso, revisa la protección de la instalación con un instalador autorizado.
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